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Cada 23 de noviembre se el Día Europeo de las Personas sin Hogar, unas 895.000 personas viven sin hogar en la Unión Europea (UE), un fenómeno que va en aumento en la mayoría de los países miembros, como España, donde la cantidad de gente sin techo creció un 24 % entre 2012 y 2022, según un estudio publicado en septiembre pasado por Feantsa y la Fundación Abbé Pierre.

El dato total, que en volumen equivale a que los habitantes de una ciudad como Marsella o Turín duerman sin techo cada noche, atestigua la «incapacidad de los países europeos para hacer de la vivienda un derecho fundamental», detalla este informe anual elaborado por la Federación Europea de las Asociaciones Nacionales que Trabajan con los Sin Hogar (Feantsa) y la fundación francesa creada por el abate Pierre.

En sus ediciones precedentes, el estudio señaló como «desconocido» el número total de personas sin hogar en la UE.

Hay que remontarse al informe de 2020 para obtener una estimación total, calculada entonces en 700.000 personas sin hogar o viviendo en alojamientos temporales y de emergencia, lo que ya entonces representaba un aumento del 70 % en diez años.

Los autores del estudio precisan, sin embargo, que su balance se basa en los «datos fragmentarios» proporcionados por los países y las asociaciones que trabajan en la lucha contra el sinhogarismo -como es el caso de la Fundación Abbé Pierre, que lleva el nombre del creador de los Traperos de Emaús-, y que solo tienen en cuenta «las formas más visibles» de este fenómeno de exclusión.

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Reflexiones desde nuestro trabajo en este día: El derecho a la vivienda es un derecho humano.

El derecho a la vivienda es un derecho humano. Aun así, esta situación de vulnerabilidad es invisibilizada y las personas que viven en la calle sufren más agresiones, sus derechos básicos sueño ignorados, tienen más problemas de salud y su esperanza de vida es 20 años inferior a la media.

Cuando hablamos de Personas sin Hogar nos referimos, utilizando la definición de FEANTSA, a «personas que no pueden acceder o conservar un alojamiento adecuado, adaptado a su situación personal, permanente y que proporcione un marco estable de convivencia, ya sea por razones económicas u otras barreras sociales, o bien porque presentan dificultades personales para llevar una vida autónoma”.

Al hacer una descripción del fenómeno de las personas sin hogar estamos hablando de personas que, por diferentes causas, inician un proceso de ruptura del vínculo social, en estos tres ámbitos:

Ruptura de los vínculos familiares y personales:

No tienen una relación habitual o no mantienen ya ningún contacto con su familia directa e indirecta. Puede deberse la muerte de uno o varios miembros, a un problema familiar, a la distancia que le separa a una adicción, a una enfermedad o trastorno físico o mental, etc.

Ruptura de los vínculos laborales:

Las personas sin hogar no tienen empleo o no tienen un empleo fijo que les proporcione ingresos estables. Aunque, probablemente, lo tuvieron. Se calcula que un 10% de esta persona tiene incluso estudios universitarios.

Ruptura de los vínculos sociales:

Las personas sin hogar (antes o después de serlo) puede perder a sus amigos o puede tener dificultades institucionales (problemas judiciales o con la policía). Puede ser un proceso gradual o una ruptura brusca porque sus amigos le den la espada al no aceptar su indigna situación.

¿Cómo puedo ayudar a una persona que está viviendo en la calle?

Si te encuentras en situación de calle, es aconsejable seguir unos pasos para encontrar una solución lo más rápida posible.

Lo más importante de todo es lo siguiente:

  1. Para aquellas personas que se encuentren empadronadas en la Comunidad de Madrid, deberán acudir a su centro de servicios sociales. El centro de servicios sociales va en función de su lugar de empadronamiento. Suelen atender con cita previa. Si no sabes qué centro te corresponde a través del 010 o en cualquier junta de distrito pueden informarte de ello.
  2. Para aquellas personas que no se encuentren empadronadas en la Comunidad de Madrid, deben saber que no tienen derecho a asistencia en un centro de servicios sociales, por lo que está opción no es válida y deberán valorar la posibilidad de retornar a su ciudad o pueblo de origen en la que se encuentren empadronados.
  3. Si la opción de los servicios sociales no es posible o viable y te encuentras en una situación de emergencia, puedes solicitar atención por parte de los servicios de emergencia de la Comunidad y Ayuntamiento de Madrid a través del teléfono gratuito 112. Samur Social o Emergencias Sociales. En este caso el empadronamiento no es un requisito indispensable, aunque la acogida por parte de estos servicios, siempre quedará supeditada a la disponibilidad de plazas en su servicio y siempre será de manera temporal.

Hay que tener en cuenta que hay albergues que no son de acceso directo, esto significa que no podemos ir por nuestra cuenta a solicitar la plaza, si no que debemos ser derivados a través de una petición de los servicios sociales o de otro dispositivo de atención a personas sin hogar (CAD’s, Samur Social, otros albergues, hospitales, etc.).

Para los albergues que si tienen la opción de acudir por nuestro propio pie a solicitar plaza, como es nuestro caso, hemos de tener en cuenta que mayoritariamente suelen tener lista de espera, debido a las muchas solicitudes de plazas que se reciben a diario, por lo que debemos de entender que el acceso no siempre tiene porque ser inmediato.

Apostamos por un trabajo integral

Desde la Fundación San Martín de Porres, desarrollamos un modelo integral donde se trabajan todos los ámbitos de la persona. Para ello, un equipo técnico formado por trabajadores sociales, educadores y técnicos de empleo acompañan a las personas en su proceso de cambio e inserción social.

El acceso a nuestro centro no es directo, siendo normalmente necesaria la inscripción previa en una lista de espera. La inscripción a esta lista se produce por dos vías:

Acceso directo: la propia persona que tenga necesidad de alojamiento puede acudir a solicitar plaza e inscripción en la lista, directamente en nuestro Centro.

Por derivación de otras entidades, a través de informe social de derivación completo que se remitirá por correo a nuestro centro.

Los servicios que presta el albergue son los siguientes:

 

  • Alojamiento y Servicio de comedor en pensión completa (desayuno, comida y cena).
  • Servicio de consigna.
  • Servicio de lavandería.
  • Servicio de ropería y artículos de aseo.
  • Sala de ocio, lectura y televisión.
  • Servicio de duchas.
  • Wi – Fi
  • Servicio de peluquería
  • Apoyo psicológico.
  • Actividades de ocio y tiempo libre.
  • Información, orientación e intervención social llevada a cabo por trabajadores sociales.